Corte de Apelaciones de Arica declara admisible recurso de protección por desalojo en Cerro Chuño

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La Corte de Apelaciones de Arica declaró admisible el recurso de protección presentado en representación de vecinos de las villas Amanecer y Los Laureles, en la población Cerro Chuño, quienes buscan frenar el inminente desalojo ordenado por autoridades regionales.

En un fallo unánime (rol 581-2026), la Primera Sala del tribunal de alzada —integrada por los ministros Juana Ríos Meza, Rodrigo Urrutia Molina y Héctor Gutiérrez Massardo— resolvió acoger a trámite la acción constitucional interpuesta contra la Delegación Presidencial Regional de Arica y Parinacota, el Servicio de Vivienda y Urbanización (Serviu) y Carabineros de Chile.

La resolución implica que el tribunal considera que los hechos expuestos por los vecinos merecen ser revisados, por lo que ordenó solicitar informes a las instituciones involucradas. Cada organismo deberá entregar antecedentes en un plazo de ocho días, detallando las razones y procedimientos asociados al desalojo.

El dictamen instruye:

“Pídase informe a la Delegación Presidencial Regional de Arica y Parinacota, al Servicio de Vivienda y Urbanismo de la región y al Jefe de Zona de Carabineros XV Zona Arica y Parinacota, quienes deberán evacuarlo en el plazo de ocho días, adjuntando todos los antecedentes que digan relación con el mismo”.

Sin embargo, la Corte rechazó la orden de no innovar solicitada por los recurrentes, medida que buscaba suspender de manera inmediata el desalojo mientras se tramitaba el recurso. Con esta decisión, el procedimiento de desalojo no queda detenido, aunque ahora deberá ser justificado ante el tribunal.

La resolución también establece que las notificaciones se realizarán conforme al artículo 50 del Código de Procedimiento Civil y mediante la Oficina Judicial Virtual, y que otros informes solicitados por la parte recurrente serán revisados en la vista de la causa.

Con la admisibilidad del recurso, el tribunal iniciará el análisis de si las actuaciones de los organismos públicos involucrados vulneran derechos constitucionales de los habitantes del sector, como la integridad, la igualdad ante la ley o el derecho a la propiedad.

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