En la jornada en que se conmemora el Día de la Profesora y el Profesor, la sala de la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó y despachó el Proyecto de Ley sobre Convivencia, Buen Trato y Bienestar de las Comunidades Educativas, impulsado por el Ministerio de Educación, por lo que ahora esta iniciativa pasará a su segundo trámite constitucional en el Senado.
El Proyecto busca mejorar la gestión de la convivencia en las comunidades educativas, para que sean espacios de protección y bienestar, fomentando acciones que prevengan y erradiquen cualquier tipo de acoso, violencia y discriminación, en especial hacia docentes.
El ministro de Educación, Nicolás Cataldo, agradeció a las y los diputados que respaldaron el proyecto, y consideró importante “seguir avanzando en esta discusión en el Senado para que materialicemos prontamente esta ley y que sus dispositivos puedan mejorar la convivencia educativa, desde la perspectiva de las y los trabajadores de la educación, estudiantes, madres, padres y apoderados”.
PROYECTO DE CONVIVENCIA
El seremi de Educación, Francisco Valcarce, agregó que “el proyecto de ley propone un nuevo estándar para la gestión interna de la convivencia, actualizando los reglamentos internos y el Plan de Gestión de la Convivencia Educativa”, incorporando capacitaciones de la Superintendencia de Educación, y creando la figura del Coordinador de Convivencia Educativa, para que tenga un perfil profesional idóneo, dedicación exclusiva y jornada completa.
Respecto al bienestar de los equipos educativos, se propone reforzar el resguardo de la autoridad pedagógica y los derechos de las y los trabajadores de la educación, para lo cual se mejorarán los estatutos que rigen a los trabajadores de la educación y los procedimientos de calificación de enfermedades profesionales por estrés laboral. Además, se resguardará que los establecimientos puedan denunciar a todo evento los casos de agresión a trabajadores de la educación.
Además, los establecimientos deberán adoptar medidas preventivas, los sostenedores tendrán que garantizar la actuación oportuna del establecimiento, y los procedimientos disciplinarios deberán asegurar la imparcialidad, privacidad, proporcionalidad y celeridad.





